Ley [LFT]
Artículo 170 bis de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 170 bis.- Los padres o madres de menores diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, gozarán de la licencia a que se refiere el artículo de la , en los términos referidos, con la intención de acompañar a los mencionados pacientes en sus correspondientes tratamientos médicos.
Artículo adicionado DOF